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Iniciativa y despojo

16. Diciembre 2009 | Sección: En la Opinión de..., Molinos de viento, Roberto Rodríguez Baños
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(AMI) La reducción del poder legislativo para minimizar la representatividad popular y debilitamiento estructural de los partidos como fórmula de organización para el ejercicio de la política, simultáneamente a dotar atribuciones legislativas al poder judicial y mecanismos de presión al ejecutivo sobre los legisladores en el calendario de diputados y senadores, entre otros puntos de la iniciativa presentada ayer por Felipe Calderón definen con claridad un proyecto reductivo de la participación ciudadana en términos reales pese a manipular los conceptos de la figura de referendo e iniciativa ciudadana, para impulsar una correlación de fuerzas en la estructura del poder que favorezca en términos reales el absolutismo autoritario medular del prianismo. Un tema que debe ser cuidadosamente analizado en los finales del agonizante 2009 y en la perspectiva del próximo futuro en que se inscribe 2010.

Embotelladoras: el negocio de violar el derecho humano al agua, es el título del servicio difundido por Cencos el lunes 14 de diciembre y cuyo párrafo inicial establece que mientras más prosperan los empresarios del ramo, más mexicanos y mexicanas dejan de tener acceso al líquido y se viola su derecho humano al agua; 22 mil millones de litros de agua embotellada y el consumo de 170 litros por persona nos convierten en el segundo mayor consumidor de este producto en el mundo después de Italia. “Lo que más se opone al derecho humano al agua es la mercantilización” dice Rodrigo Gutiérrez Rivas, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, “lo que se opone en mayor medida a un derecho fundamental es la mercantilización del bien que está protegido por ese derecho. El mercado es contrario a la lógica del derecho fundamental que lo que intenta es garantizar un acceso universal a un bien indispensable para la vida, en este caso el agua, y el mercado al convertir un bien en una mercancía lo que hace es transformarlo en un privilegio y sólo los que tengan dinero podrán adquirirle”, explica.

Mientras las ventas de agua embotellada aumentan exponencialmente año con año, la calidad del agua de la llave en México es considerada la peor de América Latina. Según la Organización de las Naciones Unidas, en su Informe Mundial de Desarrollo del Agua (2006) nuestro país ocupa el lugar 106, dentro de 122 evaluados, respecto a la calidad del agua del grifo, mientras que las ventas de agua embotellada rebasan los 30 mil millones de pesos. “El derecho humano al agua implica la disponibilidad al agua, acceso físico y económico, calidad (potable) y no discriminación”, dice Rodrigo Gutiérrez, y también señala como es que el negocio del agua embotellada, controlado por “las cuatro grandes” (Pepsico, Coca Cola, Danone y Nestle), viola cada uno de estos aspectos del DHA.

La disponibilidad del agua se ve afectada por el crecimiento del mercado del agua embotellada “porque puede generar sobreexplotación de los mantos freáticos” cuando las plantas se instalan a expensas de estos. También afecta el derecho a acceder al agua “porque lo que están haciendo es aumentar el precio de un bien al que las personas gradualmente solo tendremos acceso en tanto tengamos dinero el agua embotellada lo que menos tiene es ser accesible económicamente. Pagar 7 pesos por una botella de agua o 20 pesos por un garrafón es extraordinariamente caro en relación al salario promedio. No hay nada más discriminatorio que el mercado.”

Y en lo que respecta a la calidad, las ideas establecidas en contraposición a los sistemas públicos de agua es que la embotellada es “pura”, “saludable”, “de manantial”, entre otros calificativos mercadológicos; sin embargo, “¿qué garantía tenemos de que esa agua embotellada sea segura, potable, libre de microorganismos y otros elementos físico-químicos que puedan producir enfermedades a mediano o largo plazo? Por lo tanto también podría verse afectado el derecho humano al agua en lo relativo a la calidad”, dice el experto. “Las embotelladoras de agua convierten en su enemigo a las redes de distribución, lo tienen que hacer para poder mantener su negocio. Decir que el agua que circula a través de las redes es un agua peligrosa, contaminada, no segura.” En sentido contrario, el agua embotellada no ofrece ninguna garantía de pureza más allá de su etiquetado publicitario ya que “hay normas muy la as tanto en materia de salud como en materia ambiental y del propio recurso”. La base para medir la calidad del agua es una norma oficial que no incluye procesos de certificación y en todo caso no implica sanciones para las compañías.

El mercado de agua en México comenzó a crecer tras implantarse la idea de que el agua de las redes públicas no era potable, se cree que la fuerza de este argumento surgió tras el terremoto de 1985 cuando las autoridades declararon que debido a fracturas en el sistema no era seguro beber el agua. Este hábito de comprar el agua fue aprovechado a tal grado por las empresas embotelladoras que se calcula que un 80% de las ventas en México corresponden a los garrafones de 20 litros, utilizado para consumo en casas y oficinas. Las ventas mayoritariamente en esta modalidad no son tan elevadas en otros países donde el agua se vende en presentaciones individuales en un mayor porcentaje.

El agua para embotellar en algunos casos es extraída de la red pública y en otros más es directamente extraída de los mantos freáticos, la mayoría de estos localizados en las áreas suburbanas, y su precio no suele ser distinto al que paga un usuario común. “En la Comisión Nacional del Agua se solicita una concesión y esta institución la da sin preguntar para que va ha ser utilizada. Aprovechan pozos sobre los cuales no pagan los impuestos correspondientes”. Como resultado de esta situación, el ya rentable negocio de vender agua encuentra un espacio pleno para desarrollarse en nuestro país. El derecho humano al agua no está garantizado por el Estado, a tal grado que su acceso aunque es público y del pueblo según el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no está conceptualizado como un derecho humano. Esto sí está asentado en la legislación internacional firmada y ratificada por el gobierno mexicano, pero estas leyes no son privilegiadas para uso en el sistema de justicia mexicano.

En el sistema universal, este derecho se encuentra consignado en la observación 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas; mientras que, en el sistema interamericano de derechos humanos, el DHA está asentado en la jurisprudencia surgida de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2005 sobre el caso de la comunidad indígena Yakye Axa vs. Paraguay. En ambos espacios internacionales se le liga al derecho a la salud y a gozar de un medio ambiente sano. Hasta aquí el texto de Cencos. La iniciativa de Calderón es riesgosa en la medida que favorecería la proliferación de situaciones como la descrita.

rrb@red-ami.com

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