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Homenaje Marcela Iglesias

6. Febrero 2010 | Sección: Cartas
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14º aniversario de su muerte – www.marcelaiglesias.com

ACTO DE RECORDACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LA VIDA CONTRA LA INJUSTICIA y LA IMPUNIDAD

Marcela: Con mucho amor estás presente en nuestras vidas. Hoy este lugar lleva tu nombre.

Nosotros seguiremos luchando contra la falta de justicia. Tus papás Nora y Eduardo.

En este lugar que lleva el nombre de Marcela Iglesias por iniciativa de la Asociación de Amigos del Lago de Palermo – Ley 2366 G.C.B.A. –, es donde te recordamos cada año para denunciar la negación de justicia que venimos soportando y la impunidad que gozan los culpables.

Lejos de bajar los brazos, hemos recurrido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos esperando tener una resolución favorable.

Lo hacemos porque queremos proteger la vida. Porque ir de excursión, jugar en una plaza o caminar por una vereda, no puede convertirse en un riesgo para nadie.

Esto también es inseguridad. Pero una inseguridad que se basa en las ambiciones de algunos pocos, en la desidia, la negligencia o corrupción de los sucesivos gobiernos municipales y nacionales que se sucedieron desde 1996 en adelante; a los que les faltó voluntad política para llevar a los responsables al banquillo de los acusados.

Y finalmente, un sistema judicial que asegura la impunidad, sobre todo cuando se trata de personas con dinero y vinculaciones políticas, como es el caso de la Sra. Diana González de Lowenstein. Si los jueces hubieran actuado con celeridad y sancionado a los responsables, se hubiera podido evitar que este tipo de hechos sigan repitiéndose impunemente.

Paseo Marcela Brenda Iglesias

Hemos dado conocimiento a las autoridades que nos oponemos a toda modificación que implique el uso comercial de este espacio verde.

Nosotros seguiremos ejerciendo por el resto de nuestros días el derecho de recordar a nuestra hija en este espacio, y también para elevar nuestra voz para proteger la vida y denunciar la corrupción, la injusticia y la impunidad.

COMUNICADO DE PRENSA

CASO: PASEO DE LA INFANTA

LA CORTE SUPREMA NIEGA EL ACCESO A LA JUSTICIA, A LOS PADRES DE MARCELA IGLESIAS

Marcela Iglesias, murió aplastada por una escultura en el Paseo de la Infanta (sito en el Parque Tres de febrero de la ciudad de Bs. As.). Después de 12 años de haber iniciado el juicio, la Corte Suprema decidió por mayoría de sus miembros desestimar nuestro pedido de rechazo de la prescripción (Ley 25. 990).

Reseña

Negación de justicia 1: En la primera instancia, la jueza Nocetti de Angeleri había accedido a una cantidad de 117 apelaciones y recursos varios de los imputados, esa conducta de la jueza postergó el juicio durante más de 8 años, incluso se suspendió cuando ya estaba fijada la fecha de la audiencia con los testigos citados. Coherente en su proceder, en cuanto el Parlamento sancionó la ley 25.990, dictó en forma inmediata la prescripción de la causa.

La ley fue aprobada entre gallos y medias noches y sirvió para otorgarle la impunidad a los actores de diversos casos vinculados con los hechos de corrupción tales como: “los guardapolvos de Bauzá”, “los juguetes de Vanrell”, “la leche de Vicco”, “el caso del soldado Carrasco” y muchos otros que no gozaron de tanta publicidad.

Negación de justicia 2: Cuando se apeló ante el Tribunal de Casación, éste convalidó lo actuado por la jueza y nos impuso el pago de las costas por el sólo hecho de pedir justicia.

Negación de justicia 3: La Corte Suprema rechazó el recurso extraordinario presentado en nuestra condición de particulares damnificados, la mayoría de la Corte representada por Zaffaroni, Argibay, Highton, Fayt, Petracchi y Maqueda apelaron al arbitrario artículo 280 del Código, y rechazaron el recurso basándose sólo “en su sana discreción” y por estimar que las cuestiones planteadas son “insustanciales y carentes de trascendencia”.

Adecuado proceder

El Procurador General de la Nación Dr. Esteban Righi, había dictaminado con sólidos argumentos, con la finalidad de que se juzgue a los responsables en juicio oral y público.

La excepción en la Corte Suprema estuvo representada por el presidente Dr. Ricardo Lorenzetti que había hecho lugar a nuestro reclamo, con su fallo en disidencia, respecto del fallo de la mayoría.

Este fallo otorgó impunidad a un delito que involucra a empresarios inescrupulosos y funcionarios municipales que permitieron la violación de la legislación vigente y cuyas consecuencias costaron la vida de una niña de 6 años.

En las tres instancias se invocó la prescripción por el mero paso del tiempo. A propósito de esto, el Dr. Esteban Righi dijo en su pronunciamiento: “Esta demora que aparece incomprensible en vistas a la escasa complejidad probatoria del hecho, está impidiendo satisfacer el derecho de los familiares de la víctima a saber la verdad de lo sucedido y a que se sancione a los eventuales responsables”.

A la vez el Dr. Lorenzetti, planteó que no debe aplicarse en forma retroactiva la ley 25.990, y que los jueces deben “disponer límites para ciertas defensas que solo tienen la apariencia de tales, porque están animadas de un propósito dilatorio a fin de obtener la extinción del proceso por la prescripción”.

Aplicar la prescripción en este caso es un escándalo jurídico porque:

  • Violó nuestro derecho constitucional a tener acceso a la justicia.
  • Nos negó el derecho a conocer los hechos y también nos negó la posibilidad de que sancione a los responsables.

La prescripción es una norma que se aplica en los casos, donde es notoria la falta de interés en obtener justicia o que para la sociedad ese hecho no signifique un delito.

En ningún momento hemos desistido en nuestra exigencia de pedido de justicia y fuimos acompañados por toda lo sociedad en este reclamo, que se ha mostrado sensible, no solo por la trágica circunstancia de la muerte de nuestra hija, sino también por el grado de impunidad que gozaron los imputados.

La Corte había dictaminado dejar sin efecto la resolución de la Cámara de Casación que nos obligaba a pagar las costas, con la sola excepción de la Dra. Argibay , que según su fallo no nos eximió de ese pago.

De este modo la Corte Suprema nos eximió del pago de un juicio que nunca se concretó, pero lo esencial, que es lograr justicia, nos fue denegado .

Los que resultaron beneficiados con este fallo fueron:

. La Sra. Diana Lía González de Lowenstein, quien había ocupado un espacio público para sus negocios privados, (galería de arte) colocando en esos lugares esculturas monumentales sin la debida protección y seguridad.

. El escultor Danilo Danziger, por la parte de responsabilidad que le cupo en los hechos.

. Los funcionarios, Torea, Mazzitelli y Fabale, quienes habían permitido que esos emplazamientos se efectuaran en plena violación a las leyes nacionales y Ordenanzas municipales, desoyendo los reclamos que venían denunciando la Asociación Amigos del Lago de Palermo.

Con la excepción del Dr. Lorenzetti, la Corte Suprema se pronunció por negándonos el derecho de acceder a la Justicia; que no sólo era llegar a los tribunales, por los que anduvimos casi doce años, sino a obtener una sentencia válida que restituyera el derecho violado.

La Corte Suprema una vez más ha consagrado la impunidad.

Nosotros no bajaremos los brazos y seguiremos bregando incansablemente hasta obtenerla y considerando que en nuestro país no la hemos conseguido, ahora recurrimos a instancias internacionales por privación de justicia y por los daños irrogados.

Nora Ribaudo Eduardo Iglesias

E-mail: noradeiglesias@yahoo.com.ar

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